La CNMC interviene en la publicidad televisiva y marca unas reglas para unificar criterios

La CNMC interviene en la publicidad televisiva y marca unas reglas para unificar criterios

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha fijado unas reglas de aplicación uniforme para el sector audiovisual. En estas se define cómo debe ser la correcta emisión de la publicidad en televisión, ya que al parecer, este tipo de emisiones “no se ajustan estrictamente” a lo establecido en la Ley General de Comunicación Audiovisual.

En el documento publicado, este organismo trata una serie de normas recopiladas de forma clara, dirigidas a las emisiones de comunicaciones comerciales y de promoción. En este encontramos cuatro apartados: comunicaciones comerciales, patrocinio, telepromoción y emplazamiento de producto.

En primer lugar, se dirige a las comunicaciones comerciales, donde incluye los spots publicitarios (por lo general, de entre 5 y 30 segundos), las pantallas partidas y las promociones que permiten la participación de los telespectadores mediante mensajes o llamadas. En este apartado, la CNMC recuerda que el tiempo máximo permitido es de 12 minutos por hora teniendo en cuenta el conjunto de mensajes publicitarios.

Respecto al patrocinio, este documento aclara que siempre debe ir referido a un programa y no a secciones o avances de programa, siendo siempre identificado durante la emisión. Además, nunca debe incitar directamente a la compra ni afectar al contenido u horario del programa. Por otro lado, en cuanto a la telepromoción, la CNMC señala que siempre deberán utilizar el mismo escenario, ambientación y atrezo, contando con un límite de 3 minutos por hora y un total de 36 minutos diarios. Además, esto se realizará siempre por los presentadores, protagonistas o colaboradores del programa. Y por último, en relación a los emplazamientos de producto, se recalca que el público tiene que ser claramente informado tanto al principio como al final del programa, además de añadir una sobreimpresión legible de una duración mínima de cinco segundos. Este formato está prohibido durante la programación infantil.

Además, la CNMC reitera que todas las cadenas de televisión deberán cumplir estas normas, para que, de esta forma, todas las marcas puedan convivir en una correcta emisión comercial en el medio televisivo (Fuente: Marketing Directo).

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