El gasto por Dependencia de la Administración General del Estado debería ser mucho mayor. Según los datos del observatorio de la Dependencia las Comunidades Autónoma aportan un 82% del dinero y la Administración un 18%. Si bien esta última debería aportar según la ley un 50%. Aunque, según se informa en los medios de comunicación, cada 15 minutos fallece un dependiente sin haber recibido la prestación a la que tenía derecho. Y también aparecen titulares de noticias referidos a la aplicación de la Ley de Dependencia que dicen que cada día mueren 90 dependientes sin recibir las prestaciones a las que tienen derecho. Pero la cosa, de ser cierta, no termina aquí. Además, por si fuera poco lo ya expuesto, resulta que casi el 30% de los dependientes no reciben ninguna prestación.
Se puede decir que después de diez años de la aprobación de la Ley de Dependencia todavía hay una lista de espera de 348.309 dependientes. Las simples promesas no son suficientes y aunque se puede decir también que las Comunidades Autónomas están realizando un considerable esfuerzo para reducir, lo más rápidamente posible, la lista de espera está claro que no es suficiente. Parece que el Estado central tendría que aportar más fondos económicos para la atención de las personas dependientes que tienen derecho a prestaciones económicas.
La vulnerabilidad de las sujetos dependientes es de tal calibre que necesitan la ayuda económica de manera urgente y no pueden esperar meses y meses a recibirla, porque puede llegarles tarde y ya haber fallecido.
Existe un perfil de ciudadano con dependencia. Suele ser el de una mujer de más de 80 años que precisa de alguna clase de prestación del Estado. A día de hoy viven en España más de un millón de personas que tienen reconocida su situación de dependencia. El Estado debe poner todos los medios para atenderlas de la forma que se merecen según la citada ley y la Constitución.
Quizás con una ligera subida de los impuestos directos o indirectos o con otras medidas alternativas se puedan lograr cantidades de dinero que hagan posible una adecuada y rápida asistencia y atención de los sujetos dependientes. También se puede reordenar o redistribuir el presupuesto del Estado para reforzar la labor asistencial y los servicios sociales.
Sirve de muy poco elaborar una Ley de Dependencia que teóricamente va a funcionar muy bien, pero que, en realidad, no atiende todos los casos que se presentan con la celeridad exigida por las normas legales y por los principios éticos básicos. Puesto que estamos hablando de vidas humanas no de otro tipo de cosas. Y la dignidad de la existencia es un principio consagrado por nuestro texto constitucional y por los Derechos Humanos.
Las razones humanitarias sustentan también la Ley de Dependencia en un estado que realmente sea del bienestar. Con lo ya explicitado lo que pretendo es que desde las instancias estatales que correspondan tomen más conciencia de que la igualdad de los españoles no es una simple proclamación abstracta y puramente teórica. Debe tener una expresión clara y precisa en las decisiones políticas y administrativas que se ponen en práctica en el diario funcionamiento del Estado.
Y para terminar quiero remarcar que le profeso un gran respeto al Estado, pero eso precisamente pienso y estoy convencido de que puede mejorar su gestión y acción respecto a los ciudadanos en situación de dependencia y vulnerabilidad.
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