La CNMC sancionará el programa de Mariló Montero por publicidad encubierta

La CNMC sancionará el programa de Mariló Montero por publicidad encubierta

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) examina con frecuencia casos de publicidad encubierta en televisión, y periódicamente viene anunciando la apertura de un expediente sancionador a las cadenas privadas por esta práctica ilícita.

Pero en esta ocasión el regulador tiene puesta la mirada en el Ente Público, ya que la Corporación de Radio y Televisión Española (RTVE) podría haber vulnerado la legislación por duplicado, ya que además de que la publicidad encubierta no es legal, el grupo televisivo no tiene permitido realizar ningún tipo de publicidad desde hace más de un quinquenio.

Por lo tanto, la CNMC ha incoado un expediente sancionador a RTVE por publicidad encubierta, sobre productos o servicios, el pasado 18 de febrero durante la emisión del programa ‘La Mañana’ que presenta Mariló Montero (en la imagen). Por lo expuesto, el organismo regulador ha observado presuntas acciones comerciales y promocionales durante el espacio ‘Saber Vivir’ en el que abordaron problemas de visión y acudió un oftalmólogo de la clínica Baviera.

La CNMC señala que “el tratamiento dado a la información se vislumbra un tono comercial con menciones que apelan a las virtudes y ventajas de dicha clínica, incluso con primeros planos de su página web”.

También advierte que: “durante la emisión del programa se aprecian indicios de la existencia de una finalidad publicitaria y promocional, derivada de una incitación directa al consumo de ciertos productos o servicios y sin la identificación como publicidad, contextualizado todo en una sección con un contenido informativo y divulgativo”.

Esta situación, según el CNMC, pudo contribuir “a generar una confusión o error al telespectador sobre la naturaleza de lo que está viendo”.

Durante un periodo máximo de seis meses la CNMC estudiará el caso y emitirá su resolución. Aunque en la apertura del expediente se señala que, “no prejuzga el resultado final de la investigación”, los afectados tienen 15 días para presentar alegaciones.

Fuente de foto: Qué!

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