- Las aerolíneas no tienen obligación de indemnizar a los viajeros por la cancelación de un vuelo si es debido a razones fortuitas
- Muchas aseguradoras no cubren incendios o desperfectos de coche por vandalismo, si no hay contratada una cobertura por daños propios
Las huelgas y manifestaciones convocadas en Barcelona con motivo de la sentencia del Procés han desencadenado en la ciudad focos de bloqueo y actos vandálicos con el medio urbano. El aeropuerto de El Prat ha sido uno de los puntos neurálgicos bloqueados por manifestantes y cargas policiales, que obligaron a cancelar 108 vuelos de la principal compañía operadora, Aena, y 100 de Vueling, el pasado lunes 14 de octubre.
Debido a la dificultad operativa, decenas de pasajeros no pudieron embarcar en sus respectivos vuelos, viéndose obligados a pasar la noche en el aeropuerto.Y con motivo ello, los expertos del comparador de seguros Acierto.com, han querido aclarar los derechos que tiene el viajero ante la cancelación de un vuelo. ¿Quién se hace cargo de los gastos de cancelación? ¿Cómo puede reclamar el viajero? ¿Hay derecho a indemnización por la cancelación un vuelo? Estas son algunas de las dudas que surgen al recibir la notificación de que nuestro vuelo ha sido cancelado por la aerolínea, debido a razones que pueden no favorecer al viajero a la hora de la indemnización.
El cliente siempre tiene la razón, salvo…
Existen dos opciones de reclamación ante la compañía: pedir el reembolso del precio del billete en un plazo de siete días o el traslado a tu destino mediante otro vuelo o medio de transporte alternativo. Además, debemos saber que es la aerolínea quien debe correr con los gastos de manutención, transporte (taxis, bus, metro..) y alojamiento en caso de ser necesario. Para poder reclamar la devolución de estos gastos es importante conservar los tickets, resguardos y pruebas, que se deberán enviar a la dirección de email que facilite la aerolínea o presentarlos de manera presencial.
Además de la devolución del importe total, hay ocasiones en las que el viajero tiene derecho a una indemnización económica en función de la distancia y destino del vuelo cancelado:
- En vuelos de hasta.1500 km: 250 euros
- En vuelos entre 1.500 y 3.500 km: 400 euros
- En vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km: 400 euros
- En vuelos de más de 3.500 km: 600 euros
Pero esta indemnización no siempre se ejecuta, ya que no se abonará en caso de que el vuelo haya sido cancelado con suficiente antelación, ni si el motivo de la cancelación se debe a “circunstancias fortuitas”, un término muy amplio que abarca todas las circunstancias que las compañías no pueden prever. Es el caso de huelgas, condiciones climáticas extremas o perturbación del tráfico aéreo por un desastre natural, entre otras.
El seguro no siempre lo cubre todo
Otra de las consecuencias de las manifestaciones en Barcelona ha sido el incendio de varios coches aparcados en la vía pública. ¿Quién se encarga de pagar eso? La respuesta es compleja. Y más si tenemos en cuenta el informe del comparador de seguros Acierto.com, que refleja la poca importancia que se da a añadir la garantía de incendios al contrato del seguro del coche. Si se identifica al autor del acto vandálico, será el responsable de pagar los costes del desperfecto. Pero en caso de no ser identificado, no todas las compañías aseguradoras, aún teniendo un seguro a todo riesgo, cubren incendios o desperfectos por vandalismo si no hay contratada una cobertura por daños propios, que cubre actos malintencionados causados por terceras personas no identificadas.
En caso de que tu compañía de seguro de coche, no se haga responsable de dar cobertura al incendio o los desperfectos sufridos en la calle podrás recurrir al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), que asume la indemnización de daños producidos por fenómenos naturales o derivados de hechos de incidencia política o social con la condición de tener alguna cobertura de daños en el seguro y estar al corriente de pago de la póliza.
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